Punto PAIT:

 

Los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) son oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas, (Ley 30/2006 de 29 de diciembre) así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y Cámaras de Comercio (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio).

La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón a través del PROP EMPRENDEDORES esta incorporada, desde 2006, a la red CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) como punto PAIT (Punto de asesoramiento e inicio de tramitación) para tramitación telemática de las Sociedades Limitadas Nueva Empresa (S.L.N.E.) -creadas por la Ley 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Las SLNE constituyen una nueva forma societaria que facilita en gran medida la creación de nuevas empresas sólidas y competitivas mediante un mecanismo telemático sencillo y rápido, simplificando los trámites y procedimientos administrativos y proporcionando un marco jurídico y contable simplificado específicamente adaptado a las necesidades y forma de operar de las microempresas. Con el procedimiento telemático el emprendedor sólo tiene que acceder presencialmente al PAIT y al notario, evitando así desplazarse para realizar el resto de los trámites y sin necesidad de utilizar formularios en papel.

Los servicios que presta un PAIT son los siguientes:

En su labor de asesoramiento e información al emprendedor:
Deberá informar sobre todo lo relacionado con la creación de empresas, siendo una de las fuentes principales de información y servicios el Portal PYME.

Información y asesoramiento sobre temática empresarial general:

  • Financiación.
  • Fiscalidad.
  • Programas de ayudas públicas.
  • Contratación laboral y Seguridad social.

En cuanto al trámite administrativo de constitución de la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE):

  • Cumplimentar el DUE e iniciar su tramitación telemática.
  • Realizar la solicitud del código ID-CIRCE y la reserva de la denominación social cuando así lo solicite un emprendedor que opte por la tramitación presencial.
  • Guardar toda la documentación que aporte el emprendedor para llevar a cabo la cumplimentación del DUE y su posterior tramitación.
  • En cuanto a la Ley Orgánica de Protección de Datos, el PAIT deberá observar una serie de obligaciones referidas al uso correcto de los datos, su no divulgación a terceros y la adopción de las medidas necesarias que garanticen la seguridad de los datos.

   
 
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