Perfil Facebook de la Camara de Comercio de Castellon Perfil Twitter de la Camara de Comercio de Castellon Perfil Flickr de la Camara de Comercio de Castellon Canal de Youtube de la Camara de Comercio de Castellon Perfil Linkedin de la Camara de Comercio de Castellon Perfil Slideshare de la Camara de Comercio de Castellon Canal Vimeo de la Camara de Comercio de Castellon
Informacion cuota cameral 2011
Destacamos

Calendario de eventos

<<
Mayo-2012
>>
L
M
X
J
V
S
D
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
 
Evento
 
Hoy

 

Correo gratuito
Usuario:

Clave:


Abrirse una cuenta

 

La Cámara de Comercio de Castellón informa a las empresas sobre el pago de la cuota 2011

ANUNCIO DE COBRANZA RECURSO CAMERAL 2012

De conformidad con lo previsto en el artículo 64 del Reglamento de Régimen Interior de esta Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón, se pone en conocimiento de sus contribuyentes que por el Comité Ejecutivo, en las sesiones celebradas los días 4 de Marzo y 19 de Junio de 2008, 22 de Enero y 14 de Julio de 2009, 28 de Enero y 15 de Junio de 2010 y 24 de Febrero y 30 de Junio de 2011, 3 de febrero de 2012, se aprueba el padrón cobratorio así como las liquidaciones de las cuotas del recurso cameral permanente referidas al Impuesto de Sociedades, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y al Impuesto de Actividades Económicas acordándose también la iniciación desde el día 15 del mes de Febrero de 2012 del período voluntario de cobranza de las cuotas del recurso cameral permanente giradas tal y como regula el párrafo segundo de la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo en las cuantías, formas y términos que establecen los artículos 12, 13 y 14, y disposiciones transitorias, tercera, cuarta y quinta de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, y el artículo 62 de la sección cuarta de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1997, la Ley 40/1998 de 9 de diciembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la Ley 51/2002, de 27 de diciembre de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y las normas reglamentarias de desarrollo de dicha Ley vigentes, en relación al Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto de Sociedades satisfechos por los contribuyentes que hayan ejercido actividades en la demarcación de esta Corporación, es decir, toda la provincia de Castellón.

Además, para facilitar el pago de las expresadas cuotas en periodo voluntario, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón notificará individual y respectivamente a todos sus contribuyentes las liquidaciones giradas por cada uno de los citados conceptos del recurso cameral permanente, enviando notificación-recibo en la que constarán los datos de identificación de la deuda, así como el plazo de pago en período voluntario y las entidades financieras en las que pueda efectuarse el ingreso; además contendrá la indicación de la normativa legal en la que se basa la cuota girada y los recursos que cabe interponer en caso de disconformidad con la misma.

Finalizado el período de pago voluntario en la fecha que corresponda, de acuerdo con las notificaciones individuales practicadas, las cuotas por el recurso cameral permanente no satisfechas se exigirán por la vía administrativa de apremio a través de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con imposición de los recargos, intereses y costas a que diere lugar, todo ello conforme a los referidos Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, Ley 3/1993, de 22 de marzo, a la normativa tributaria aplicable y a la Resolución de 20 de febrero de 2008, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con el Consejo Superior de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, para la recaudación en vía ejecutiva del recurso cameral permanente gestionado por las citadas Cámaras.

Castellón, a 03 de Febrero de 2012.

 

EL PRESIDENTE                                      EL SECRETARIO GENERAL
D. SALVADOR MARTI HUGUET             D. CARLOS FABRA CARRERAS

 

INFORMACIÓN RELATIVA A BAJAS EN EL CENSO

El 3 de diciembre de 2010, el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley, convalidado por las Cortes Generales, que modifica la regulación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

La Cámara de Comercio de Castellón informa, en relación con el pago de la cuota en 2011, de lo siguiente:

  1. Se mantiene vigente el pago de las cuotas ya devengadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley.
  2. En consecuencia, la Cámara de Comercio de Castellón girará a todas las empresas, en el ejercicio 2011, los recibos correspondientes a las cuotas devengadas en el año 2009 y 2010, cuyo pago sigue siendo obligatorio y con la misma exigibilidad que en el pasado.
  3. La Cámara de Comercio de Castellón es una corporación de derecho público y va a seguir prestando servicios sobre todo a las pymes, en las áreas fundamentales para la competitividad empresarial como el apoyo a la internacionalización, la formación y la creación de empresa.

INFORMACIÓN RELATIVA A BAJAS EN EL CENSO

El Real Decreto-ley 13/2010 modifica la Ley 3/1993 de 22 de marzo Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, en el sentido de eliminar para las empresas la obligatoriedad de pertenecer a las mismas. A partir de la entrada en vigor de la nueva normativa, únicamente serán miembros de las Cámaras, y por lo tanto electores si procede, aquellas empresas que libremente lo decidan. No siendo, por tanto, necesario solicitar la baja de esta Corporación ya que ésta se produjo de manera automática el pasado 1 de enero de 2011.

No obstante, todas las empresas continuarán formando parte del Censo Público de Empresas previsto en el artículo 2.1.h de la citada Ley de Cámaras, según se regula en la Disposición final cuadragésima séptima de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, sin que de ello se deriven obligaciones y derechos.

Al mismo tiempo, este Real Decreto-ley establece, en la Disposición Transitoria Primera, un periodo transitorio de dos años durante el cual, si bien la pertenencia a las Cámaras es voluntaria, las empresas continúan sujetas al cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las Cámaras, de acuerdo con la normativa hasta ahora en vigor, y las Cámaras mantienen su obligación legal de efectuar el cobro del recurso cameral y a utilizar, si fuera necesario, la vía ejecutiva.

Por todo ello, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón, procederá:

  • En el año 2011: a la emisión, a todas las empresas, del recurso cameral permanente sobre el Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2009, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio fiscal 2009 y el Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio fiscal 2010.
  • En el año 2012: A la emisión del recurso cameral permanente sobre el Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2010 a las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades cuya cifra de negocios hubiera sido igual o superior a 10 millones de euros en el ejercicio fiscal 2009.

Queremos también informarle que la Cámara sigue siendo, según las normas legales que la regulan, una Corporación de Derecho Público. Por ello, seguimos teniendo como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales de todo el tejido empresarial y un conjunto de funciones de carácter público-administrativo que las leyes nos encomiendan, siendo voluntad de esta Corporación la de continuar prestando servicios de utilidad e interés para todas las empresas, los cuales ponemos a su disposición.

Contactar

Cámara de Comercio de Castellón
info@camaracastellon.com
Telf: 964 35 65 00 - Fax: 964 35 65 10


Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Castellon
2010 - Reservados todos los derechos

Aviso Legal
Horario de atención al público: lunes a viernes 9h-14h / 16h-18h

Avda. Hermanos Bou, 79 - 12003 Castellón
Telf: 964 35 65 00 - Fax: 964 35 65 10
Email: info@camaracastellon.com