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COREA-ACUERDO DE LIBRE COMERCIO
El próximo 1 de julio entra en vigor el Acuerdo de Libre Comercio suscrito el pasado mes de octubre entre la República de Corea y la Unión Europea.
Este acuerdo, aunque utiliza las mismas normas para el establecimiento del origen de un producto, presenta la novedad de que elimina el uso del EUR.1, documento acreditativo del origen preferente en todos los demás acuerdos que tiene suscritos la UE.
Está supresión es la tendencia marcada para el ALC con Corea y para todos los demás que se firmen a partir de ahora.
Dada la novedad, son muchas las empresas que se están dirigiendo a la Cámara solicitando información al respecto y, fundamentalmente, sobre cómo debe ser acreditado el origen preferente de los productos que comercializan.
Por ello, adjuntamos la nota elaborada por la Oficina Comercial de Seul que ofrece una información breve y sencilla sobre cómo proceder para la justificación del origen preferente en el marco de este acuerdo.
Descargar nota >>
Más información:
Reyes Monfort
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