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| Evento | Hoy |
Es un documento electrónico que contiene todos los datos de una factura tradicional y que ha sido firmado digitalmente. Sin entrar en detalles técnicos, la firma digital es una secuencia de datos, resultado de aplicar un conjunto de algoritmos matemáticos, que permites ofrecer ciertas garantías de seguridad sobre el documento objeto de firma, acreditando quién es su autor (autenticación) y asegurando que no ha existido ninguna manipulación posterior de los datos (integridad).
La factura digital es, a todos los efectos, una factura, es decir, plenamente válida según la ley de IVA, para el pago de impuestos y la deducción de cuotas.
El principio básico en los que descansa la equivalencia entre la factura tradicional y la electrónica es la garantía de la autenticidad del origen de los datos (identidad del emisor), por un lado, y la de la integridad del contenido por otro, lo que, en último caso, impide el repudio de la factura.
Para dar validez legal a una factura simplemente es necesario que esté firmada digitalmente. La firma digital no debe entenderse como una firma manuscrita, ya que en ningún caso se exige que las facturas se firmen manuscritamente.
La factura electrónica firmada digitalmente sustituye por completo a la factura enviada en soporte papel y, por lo tanto, la factura electrónica está sujeta a los mismos requisitos y obligaciones que la factura en papel que hemos visto anteriormente.
Se admite cualquier formato de factura (doc, xml, pdf, html, txt, etc) siempre que respete el contenido legal exigible a cualquier factura.
Los datos que debe contener una factura electrónica deben ser los mismos que los de una factura tradicional:
Se acepta cualquier medio de transmisión, de forma que las facturas se pueden enviar a través de una Red de Valor Añadido (RVA), a través de Internet o a través de un mensaje de correo.
Las facturas electrónicas conservados por medios electrónicos deberán ser gestionados y conservados por medios que garanticen un acceso en línea a los datos, así como su carga remota y utilización por parte de la Administración Tributaria ante cualquier solicitud de ésta, y sin demora injustificada. Se entiende por acceso completo aquel que permita su visualización, búsqueda selectiva, copia o descarga en línea e impresión.
La factura electrónica con firma electrónica basada en un certificado admitido no requiere ningún tipo de homologación ni autorización, mientras que cualquier otro sistema sí requiere de la autorización previa de la Agencia Tributaria.
Siempre que se utilice una firma electrónica avanzada, está garantizada la autenticidad del origen y la integridad del contenido de las facturas electrónicas.
Es la solución Cameral para la Factura Electrónica. Le permite gestionar la facturación de una empresa de manera completa y flexible. Incluye:
www.camerfactura.es
www.facturae.es/es-ES/Documentacion/Normativa/Paginas/Leyes.aspx
Dpto. Innovación
facturaelectronica@camaracastellon.com
964 35 65 00
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