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Coaching Digital es el programa de asesoramiento y acompañamiento que necesita tu empresa para poner en marcha prácticas de transformación digital que mejoren tu competitividad y crecimiento económico sostenido.

Se trata de un servicio personalizado, en el que un asesor especializado (coach), en función del nivel de madurez digital de tu empresa, te plantea objetivos de transformación y te acompaña en el camino de desarrollo e implantación de planes y acciones concretas para la transformación digital de tu negocio.

Este programa está financiado por la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y por la Generalitat Valenciana.

 

Pymes, micropymes y personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Castellón que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE y que pertenezcan a los sectores del comercio o artesanía.

Las empresas que participen en el Programa deben pertenecer a alguno de los siguientes sectores de actividad:

  • Comercio minorista:Estar dada de alta en el Censo IAE, a alguno de los siguientes sectores: Comercio minorista: Empresas dadas de alta en el Censo del CNAE-2009 Grupo 47 o que estén dadas de alta en el IAE en los epígrafes64, 65 ó 66, de la Sección Primera, exceptuando los CNAE 4726, 473, 4773 y los IAE 646, 647.5;652.1; 654 y 655.
  • Empresas artesanas: De cualquier sector de actividad, pero deberán contar con el Documento de Calificación Artesana (D.C.A.) en vigor emitido por la Generalitat Valenciana y estar inscrito en el Directorio de industrias artesanas del Centro de Artesanía de la Comunitat Valenciana.
  • Tener el domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Castellón
  • Las empresas de Comercio deberán contar con un punto de venta físico
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la Comunidad Autónoma
  • Tener interés en abordar actuaciones en materia de transformación digital en sus negocios y estar dispuestas a aportar tiempo para su participación en el Programa Coaching Digital.
  • No haber participado en el programa, recibiendo el servicio de coaching digital, con posterioridad al 31/12/2015.

 

Coaching Digital se ha desarrollado específicamente para ser aplicado a autónomos, microempresas y pequeñas empresas del comercio minorista y de la artesanía. Negocios que pretenden digitalizar su establecimiento comercial, pero que no cuentan con los suficientes conocimientos, personal especializado o capacidad para externalizar sus procesos de transformación. 

El Coach te motivará, enseñará, informará y ayudará a fijar objetivos en base a la madurez digital que presente la empresa y a que se produzcan cambios reales en el ámbito digital. Mediante el trabajo práctico que realices con el asesor adquirirás los conocimientos y práctica suficiente para poder realizar, por ti mismo, acciones que te permitan avanzar en tu digitalización en cuanto a:

  • Modelo de negocio digital
  • Marketing Digital
  • Imagen de marca y presencia virtual
  • Comercio electrónico

 CONVOCATORIA COACHING 2023

El plazo de presentación de solicitudes se abre a partir de las

09:00 horas del día 1 de junio de 2023

y hasta las 14:00 horas del día 30 septiembre de 2023

  

El trámite de solicitud de participación se realizará cumplimentando y presentando los siguientes documentos:

  • Impreso de solicitud(la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).
  • Declaración responsable Responsable de Ayudas Mínimis

  • Si se trata de una empresa de Comercio Minorista: Documento que acredite alta en alguno de los epígrafes de actividad del CNAE-2009 Grupo 47 o del alta en el IAE en alguno de los siguientes epígrafes (64 ó 65 ó 66) * de la Sección Primera del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas (exceptuando los CNAE 4726, 473, 4773 y los IAE 646, 647.5;652.1; 654 y 655).
  • Si se trata de una empresa artesana: Documento de Calificación Artesana (D.C.A.) en vigor emitido por la Generalitat Valenciana y documento que acredite estar inscrito en el Directorio de industrias artesanas del Centro de Artesanía de la Comunitat Valenciana *
  • Si se trata persona física, copia del DNI del solicitante *
  • Si se trata de persona jurídica, copia de:
    • DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes *
    • Poder de representación de la persona que firma la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa) *
    • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa
  • Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al día en sus obligaciones tributarias para obtener subvenciones públicas (haciendo mención a la Ley de subvenciones), siempre que no se de el permiso a la Cámara para que lo obtenga.
  • Certificado de la Seguridad Social de estar al día en sus obligaciones para obtener subvenciones públicas (haciendo mención a la Ley de subvenciones), siempre que no se de el permiso a la Cámara para que lo obtenga.

Remitir dicha documentación a : rosa@camaracastellon.com

La admisión se realizará por orden de entrada hasta completar presupuesto.

Para más información, contactar con : rosa@camaracastellon.com

                                                       Tlfno: 964.35.65.00 Rosa Sanahuja

Una vez presentada la solicitud se notificará a la empresa la resolución de admisión, subsanación o rechazo de la misma. 
En caso de admisión el representante legal de la empresa, deberá firmar un Convenio de participación (DECA). 
La firma de este Convenio significará la participación efectiva de la empresa en este programa.