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Bienvenido a tu casa

La Cámara de Comercio de Castellón es una corporación de derecho público, que agrupa agentes económicos de todos los sectores de actividad, colaboradora de las Administraciones Públicas, cuyos fines son:

  • Representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación.
  • Ejercicio de las competencias de carácter público previstas en la Ley, o que puedan encomendar y delegar las Administraciones Públicas.
  • Prestación de servicios a las empresas.

La Cámara de Comercio está regulada por:

Normativa estatal

  • Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.
  • Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación.

Normativa autonómica

  • Ley 3/2015, de 2 de abril de la Generalitat, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 126/2017, de 29 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana y su Consejo.

Normativa interna

Los Órganos de Gobierno de la Cámara son: el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente.

El Pleno es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara. Está compuesto por empresas de la demarcación y por personas de reconocido prestigio en la vida económica de la circunscripción de la Cámara, elegidos democráticamente cada cuatro años.

El número de miembros del Pleno de la Cámara es de sesenta:

  • Cuarenta Vocales elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de entre todos los electores de la Cámara, clasificados en grupos y categorías en atención a la importancia relativa de los diversos sectores económicos.
  • Doce vocales designados entre las empresas de mayor aportación económica voluntaria.
  • Ocho Vocales elegidos entre personas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de la Cámara, propuestas por las organizaciones empresariales, a la vez intersectoriales y territoriales, más representativas.
  • El Pleno podrá nombrar hasta un máximo de diez Vocales asesores entre personas de reconocido prestigio o representantes de universidades o entidades económicas o sociales, que tomarán parte del Pleno, con voz y sin voto.

Composición del Pleno

El Comité Ejecutivo es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara. Está compuesto por:

  • Presidente
  • Dos Vicepresidentes
  • Tesorero
  • Cinco Vocales

Composición del Comité Ejecutivo

La Presidenta ostenta la representación de la Cámara, preside todos sus órganos colegiados y es la responsable de la ejecución de sus acuerdos.